6 jul 2011

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

Tras el examen del Real Decreto 710/2011 de 20 de Mayo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración, por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional de Sanidad que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad, decir lo siguiente:

En primer lugar que es un momento histórico para nuestra profesión ya que este Real Decreto acaba con la des-regulación de nuestra profesión y claramente establece la formación necesaria para poder trabajar en ella, así como la equipara al resto de profesiones regladas, al incluirla en el Catálogo Nacional de certificados de profesionalidad con nivel 2.

En segundo lugar decir que establece dos certificado de profesionalidad, el de Transporte Sanitario y el de Atención Sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes; el primero es el que regula nuestra profesión y el segundo está encaminado a la gestión de emergencias actuando como ayudante, aunque también podría trabajar en nuestro sector actuando como ayudante del titular del certificado profesional en transporte sanitario en servicio de urgencias (tendría encuadre como ayudante-camillero).

Nos centramos en el Certificado Profesional en Transporte Sanitario, ya que, como dije anteriormente, es el que regula nuestra profesión:

Se establece como sector productivo a donde va dirigido el Transporte Sanitario, público y privado, y como ocupaciones y puesto de trabajo relacionados, el conductor de ambulancias, transporte sanitario programado y urgente, con equipos de soporte vital básico y soporte vital avanzado, en definitiva, todas las variantes de nuestra profesión.

La formación exigida se establece en 4 unidades de competencia, MANTENER PREVENTIVAMENTE EL VEHÍCULO SANITARIO Y CONTROLAR LA DOTACIÓN MATERIAL DEL MISMO (100 HORAS FORMATIVAS), PRESTAR AL PACIENTE SOPORTE VITAL BÁSICO Y APOYO AL AVANZADO (160 HORAS FORMATIVAS), TRASLADO AL PACIENTE AL CENTRO SANITARIO ÚTIL (100 HORAS FORMATIVAS) Y APLICAR TÉCNICAS DE APOYO PSICOLÓGICO Y SOCIAL EN SITUACIONES DE CRISIS (40 HORAS FORMATIVAS), más un Módulo de prácticas profesionales no laborables de transporte sanitario (160 horas formativas); en resumen, al profesional del sector se le exigirán 400 horas formativas ya que las prácticas están orientadas al personal que acceda al certificado desde fuera del sector. 

Aunque se exige una titulación previa en ESO o similar para acceder a la formación del certificado profesionalidad, parece más orientado al personal que acceda a él desde fuera del sector de ambulancias, POR EL CAMINO DE LOS CENTROS AUTORIZADOS QUE PREVÉ EL REAL DECRETO, ya que parece lógico que para los trabajadores que accedan al certificado mediante el proceso de cualificación no se les exija esa premisa, aunque no lo especifica claramente.

Además establece, en su disposición transitoria segunda, la posibilidad de acceder al certificado de profesionalidad a través de la acreditación de las mismas por la experiencia laboral y la formación no reglada, acceso creado pensando principalmente en los profesionales del sector. Camino ya puesto en marcha en otras profesiones y que según mis noticias se pondrá en marcha no pasado mucho tiempo en la nuestra.

Y para finalizar decir que parece que la administración orienta el proceso a la posibilidad de que un trabajador con varios años de experiencia laboral en el sector y con una formación similar a la que posee la media de estos, pueda acceder a la acreditación profesional sin muchas dificultades.

http://www.comiteempresaiscantf.blogspot.com/

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